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Campus UNED

Compensación de asignaturas

1 de septiembre de 2015

Normativa, procedimiento, plazos...

¿Qué es procedimiento de compensación de asignaturas?

  • Se trata de un sistema que pretende resolver situaciones académicas particulares en las que la no superación de la evaluación ordinaria de una asignatura esté impidiendo, o demorando la obtención del título.

¿Cuándo se reúne el Tribunal de Compensación?

  • Según el Reglamento, el Tribunal de Compensación se reúne  finalizados los exámenes de la convocatoria extraordinaria de septiembre.
  • Se contempla la posibilidad de que excepcionalmente, a juicio del Presidente, podrá reunirse también en el mes de marzo, una vez se conozca la nota de los exámenes de la convocatoria de febrero.

Compensación para Estudios de Grado

Normativa por la que se regula

¿Quiénes pueden solicitar la compensación en Grados?

  • Estudiantes que hayan cursado en la UNED al menos el 40% de los créditos de la titulación.
  • Estudiantes que les quede por aprobar para terminar su titulación una sola asignatura, distinta del Trabajo Fin de Grado.
  • Estudiantes que se hayan presentado al menos cuatro veces a la evaluación de la asignatura completa. *Las asignaturas anuales, en cada curso académico, la presentación a las dos pruebas (febrero y junio) cuenta como una vez, y la presentación en las pruebas de septiembre a la parte o partes pendientes, como otra.
  • Estudiantes que hayan obtenido al menos una vez una calificación final igual o superior a 4, o al menos 3 en dos de las convocatorias.

NOTA: Los títulos correspondientes a profesiones reguladas y para aquellos que por su especificidad así lo acuerde el Consejo de Gobierno de la UNED, la calificación debe ser igual o superior a 5, del resultado de calcular la media aritmética entre la media de las dos mejores calificaciones obtenidas en la asignatura cuya compensación se solicita y la media ponderada de las calificaciones de las demás asignaturas de la materia a la que pertenezca la solicitada.

¿Cómo es el procedimiento?

  • Cursar una solicitud dirigida al Decano o Director de Facultad o Escuela.
  • Expresar la materia cuya compensación se solicita y los cursos académicos de las convocatorias consumidas.
  • Motivar las circunstancias que llevan a pedir la compensación.

¿Cuál es el plazo para solicitar la compensación?

  • 15 días a partir de la fecha de publicación en internet de las calificaciones de la convocatoria de septiembre de la asignatura cuya compensación se solicite.

¿Hay exclusiones en la concesión?

    • No puede constar sanción en el expediente académico y que esta estuviera relacionada con la asignatura cuya compensación se solicita.
    • Se excluyen el Trabajo Fin de Grado y los créditos de Prácticas externas curriculares.
    • Se excluyen las asignaturas optativas, salvo que la no superación de las mismas suponga la obligatoriedad de adaptarse a un plan nuevo.
    • No pueden solicitarla los estudiantes de otras universidades a los que ya se les haya concedido la evaluación por compensación curricular en su universidad de procedencia.

    NOTA: La concesión de la compensación es por una sola vez por titulación.

    Más información aquí.

    Información publicada por cada Facultad o Escuela sobre la compensación de asignaturas:

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